Las
Escuelas Taller y las Casas de Oficios son centros de trabajo y
formación en los que jóvenes desempleados/as reciben formación
profesional ocupacional en alternancia con la práctica profesional
(trabajo en obra real), con el fin de que a su término estén
capacitados para el desempeño adecuado del oficio aprendido y sea
más fácil su acceso al mundo del trabajo.
Requisitos de los trabajadores
- Haber cumplido 16 años y ser menor de 25 años.
- Estar desempleado/a y ser demandante de empleo inscrito en la Agencia de empleo.
- Cumplir los requisitos establecidos para formalizar un contrato para la formación.
Con
carácter general no se requiere ninguna titulación para acceder a
una Escuela Taller o una Casa de Oficios, si bien para algunas
especialidades se puede requerir una preparación mínima previa.
¿Qué ofrecen?
- Formación profesional en una especialidad.
- Práctica y experiencia profesional en las ocupaciones en que se formen.
- Formación general para alcanzar los niveles de educación obligatoria, en su caso.
- Información sobre técnicas de búsqueda de empleo y orientación laboral.
- Formación sobre autoempleo y creación de pequeñas empresas.
- Formación en prevención de riesgos laborales.
- Módulo de alfabetización informática.
Normativa
- Orden Ministerial de 14 de noviembre de 2001 (BOE núm. 279 de 21 de noviembre), por la que se regulan el programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios y las Unidades de Promoción y Desarrollo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a dichos programas.